Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1564
Clave: I-TS-1505
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 09/10/1937 00:00
Para que se acepten, es necesario que el causante rinda la comprobación respectiva al presentar la declaración en que se consideran, por lo que el Tribunal Fiscal no puede tomar en cuenta las pruebas que ante él se presenten para acreditar dicha partida.
Expediente Número 3086/937. Oficio Farmacéutico Mexicano, S A., contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., octubre 9 de 1937. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4512