Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1565
Clave: I-TS-1506
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y art. 191 de la Ley de Crédito Ejidal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 09/10/1937 00:00
Están exentas del pago del Impuesto sobre la Renta y, en consecuencia, no les incumbe tampoco la obligación de presentar sus libros de contabilidad ante las Oficinas Federales de Hacienda para su autorización, por lo que no cabe sancionar la presentación que de los mismos hagan extemporáneamente.
Expediente Número 7521/937. José Hernández como socio delegado de la Sociedad de Crédito Ejidal de San Antonio Zaragoza, Municipio de San Salvador, ex Distrito de Actopan, Estado de Hidalgo, contra Oficina Federal de Hacienda en Pachuca, Hgo. México, D.F., octubre 9 de 1937.
Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4517