Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1601
Clave: I-TS-1542
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Art. 20 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; art. 22, párrafo 1º; arts 32 y 38, frac. II de su Reglamento; arts. 338 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y 10 y 55 de la Ley de Justicia Fiscal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 13/10/1937 00:00
Establece la obligación de pagar el impuesto respectivo a los causantes que perciban ingresos procedentes de cualesquiera causas previstas en las quince fracciones en que se divide, por lo que debe entenderse que se excluyen de dicha obligación los casos en que no existan ingresos percibidos, sino egresos.
Expediente Número 4275/937. Forestal México, S.A., contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., octubre 13 de 1937. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4608