Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1611
Clave: I-TS-1552
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Art. 37 de la Ley de Justicia Fiscal y 16 Constitucional.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 14/10/1937 00:00
Deben hacerse conocer por escrito a los particulares y tienen, además, que fundarse y motivarse debidamente, es decir, hay que expresar en ellas los hechos que las originen y la situación de derecho que la autoridad estime aplicable.
Expediente Número 21538/937. José E. Salazar contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., octubre 14 de 1937. Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4632