Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1633
Clave: I-TS-1574
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Art. 8º, Transitorio del Decreto de 23 de marzo de 1936 y art. 63, fracs. I, letra C y II, inciso B) de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables; y arts. 159 y 174 de la Ley General del Timbre.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 16/10/1937 00:00
MANDATO
Los actos verificados por el mandatario, obrando en virtud de mandato expreso o tácito, obligan a su representado. Expediente Número 20973/937. Sociedad Nacional de Productores de Alcohol, S. de R.L. de I.P. y C.V., contra Oficina del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas. México, D.F., octubre 16 de 1937. Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4686