Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1649
Clave: I-TS-1590
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 18/10/1937 00:00
DEDUCCIÓN POR PÉRDIDAS DETERMINADAS POR CRÉDITOS INCOBRABLES
Para su admisión debe demostrarse que las partidas respectivas aparecen consignadas en la contabilidad, sin que puedan tomarse en cuenta pruebas para ese efecto, cuando no se demuestre previamente que en el caso se satisfizo ese requisito. Expediente Número 8773/937. Compañía de Tubos de Albañal contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., octubre 18 de 1937. Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4722