Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 18/10/1937
Tesis
Registro digital: 1651
Clave: I-TS-1592
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 84 Y 42 del Reglamento de la Ley General del Timbre y 159, fracs. V y IV de la Ley.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 18/10/1937 00:00
CAMBIO DE DOMICILIO
El artículo 84 del Reglamento de la Ley General del Timbre establece la obligación de presentar los libros de contabilidad de una negociación ante la Oficina de Hacienda correspondiente, para una nueva autorización, en el caso de que aquélla cambie de domicilio, lo que incuestionablemente constituye un medio de vigilar el movimiento de los negocios para los efectos de la causación de los impuestos, por lo que su infracción no es leve y está comprendida en el artículo 159, fracción IV de la Ley General del Timbre. Expediente Número 5539/937. Luis G. Rosas contra Oficina Federal de Hacienda Número 1. México, D.F., octubre 18 de 1937. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4730