Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1714
Clave: I-TS-1655
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA Art. 78, primer párrafo, del Reglamento de la Ley General del Timbre.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 26/10/1937 00:00
No tiene este carácter para los efectos de la aplicación de la Ley General del Timbre la determinación de la autoridad administrativa respecto de la cual se admiten y substancian gestiones de inconformidad que se resuelven favorablemente al causante, por lo que no puede tomarse como punto de partida para el cómputo del término legal de las obligaciones correspondientes a los causantes.
Expediente Número 21462/937. "Frontón México", S.A., contra Oficina Federal de Hacienda Número 1 y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., octubre 26 de 1937.
Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4891