Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1715
Clave: I-TS-1656
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 55, frac. IV de la Ley de Justicia Fiscal; arts. 27, 28 y 33 de] Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 26/10/1937 00:00
LEY GENERAL DEL TIMBRE.
No es supletoria de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables, ya que conforme al artículo 174 de aquélla, se requiere para ello, como condición general, que no pugnen por su naturaleza el impuesto en cuestión con los impuestos establecidos en la ley especial de que se trate, y que el impuesto o derecho se cause en forma de estampillas, o bien que la supletoriedad se encuentre expresamente establecida en la ley concerniente al impuesto o derecho a que el caso se refiere. Expediente Número 2659/937. Juan García Ruiz y García contra Oficina Federal de Hacienda en Córdoba, Ver. México, D.F., octubre 26 de 1937. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4895