Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1755
Clave: I-TS-1696
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Fracción XVIII, ya derogada del art. 6° de la Ley General del Timbre y fracción XXI, inciso 1), sub inciso a) del propio precepto; arts. 1, 5, inciso 2, y 7, inciso 5 del Código Federal de Procedimientos Civiles de 13 agosto de 1872; arts. 1° y 3° del propio ordenamiento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 29/10/1937 00:00
DERECHOS HEREDITARIOS.
Tienen en el carácter de derechos reales, según resulta de lo preceptuado en los artículos 1° y 3° del Código Federal de Procedimientos Civiles, ya que es indudable que el legislador, al tratar de acciones no se refiere tan sólo al procedimiento para ejercitar o hacer valer el derecho, sino a este mismo. Expediente Número 499/937. Ignacio Ávila López contra Oficina Federal de Hacienda en Ciudad del Carmen, Camp. México, D.F., octubre 29 de 1937. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 5005