Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2030296
Época: Undécima Época
Materia(s): Constitucional, Administrativa
Tesis: III.1o.A.31 A (11a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/04/2025 10:29
DERECHOS POR SERVICIOS REGISTRALES. EL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN I, INCISO A), DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, VIOLA LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD.

Hechos: Personas contribuyentes promovieron amparo indirecto contra el artículo 16, fracción I, inciso a), de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para el ejercicio fiscal 2023, al estimar que el pago del derecho por servicios registrales que prevé viola los principios tributarios de proporcionalidad y equidad.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el artículo 16, fracción I, inciso a), de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para el ejercicio fiscal 2023, viola los principios tributarios de proporcionalidad y equidad.


Justificación: El referido precepto establece la tarifa para el pago por servicios registrales considerando el tipo de vivienda y la proporción del valor de los bienes materia de los actos a registrar, de lo que deriva que establece su cuantificación mediante un porcentaje o factor, tomando en cuenta valores económicos o comerciales distintos al costo del servicio prestado por la administración pública, por lo que viola los principios tributarios de proporcionalidad y equidad contenidos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo en revisión 643/2023. Itzel Guadalupe Sosa Bravo. 10 de enero de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Vázquez Morales. Secretario: Félix Alberto de la Torre Olivares.


Amparo en revisión 48/2024. María Eugenia Anaya González. 20 de marzo de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Gloria Avecia Solano. Secretaria: Alma Rosa Enríquez Torres.

Esta tesis se publicó el viernes 25 de abril de 2025 a las 10:29 horas en el Semanario Judicial de la Federación.