Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2030931
Época: Undécima Época
Materia(s): Administrativa
Tesis: II.1o.A.51 A (11a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/08/2025 10:23
IGUALDAD SUSTANTIVA EN EL ÁMBITO LABORAL. LA AUTORIDAD DEBE REALIZAR UNA MOTIVACIÓN REFORZADA CUANDO EL ACTO ADMINISTRATIVO AFECTA A PERSONAS PERTENECIENTES A GRUPOS VULNERABLES.

Hechos: Una mujer ingresó a laborar como perita en balística en la entonces Procuraduría General de la República y fue adscrita al Sector Central en la Ciudad de México. Mediante oficio fue reasignada a la Coordinación Estatal de Servicios Periciales en el Estado de México, bajo la justificación de que la rotación de personal optimiza la procuración de justicia. Meses después presentó una denuncia por tratos inhumanos y discriminatorios contra el titular de la citada coordinadora estatal. Por estos mismos hechos también presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. De un día a otro fue reasignada a la Coordinación Estatal de Servicios Periciales en Ciudad Juárez, Chihuahua, bajo el argumento de que ello derivaba de las necesidades del servicio, sin que se tomaran en cuenta sus condiciones personales y laborales. Contra esta determinación promovió amparo indirecto, el cual fue sobreseído por falta de interés jurídico. Interpuso recurso de revisión contra esta determinación.


Criterio jurídico: Para garantizar la igualdad sustantiva en el ámbito laboral, cuando un acto administrativo afecta a una persona perteneciente a un grupo vulnerable, la autoridad está obligada a realizar una motivación reforzada a partir de un análisis exhaustivo de sus condiciones de desventaja y de las desigualdades estructurales existentes.


Justificación: Las personas que integran grupos vulnerables han enfrentado obstáculos históricos y estructurales que pueden afectarlas en el ámbito laboral. Por ello, los actos administrativos que modifican sustancialmente sus condiciones de trabajo deben estar especialmente justificados. La motivación reforzada no sólo es un requisito legal, sino una herramienta para eliminar las barreras que perpetúan la desigualdad. Dicha motivación debe considerar la situación personal de la persona afectada, las diferencias respecto de otras personas trabajadoras que no pertenecen a categorías sospechosas, así como los obstáculos sociales, políticos y económicos que puedan limitar el pleno ejercicio de sus derechos. Esto con el objetivo de promover una igualdad efectiva y evitar la discriminación en dicho ámbito.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo en revisión 319/2021. 7 de abril de 2022. Unanimidad de votos, con voto concurrente del Magistrado Salvador González Baltierra. Ponente: Julia María del Carmen García González. Secretario: Édgar Salgado Peláez.

Esta tesis se publicó el viernes 15 de agosto de 2025 a las 10:23 horas en el Semanario Judicial de la Federación.