Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2031150
Época: Undécima Época
Materia(s): Administrativa, Constitucional
Tesis: II.1o.A.32 A (11a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/09/2025 10:14
CONFLICTOS POR VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. PROCEDIMIENTOS FORMAL Y ALTERNATIVO PARA RESOLVERLOS.

Hechos: Una alumna de la Universidad Nacional Autónoma de México denunció ante las autoridades de esa institución actos de acoso por parte de un compañero hacia ella y otras alumnas, a través de mensajes en WhatsApp y Facebook. Aunque inicialmente no solicitó una sanción propuso cinco medidas de naturaleza restaurativa para garantizar entornos seguros, siendo la separación o destitución una medida excepcional. La Defensoría de Derechos Humanos, sin explicar a la víctima la naturaleza de los alcances y los efectos de los procedimientos alternativo –de corte restaurativo– y formal –de enfoque retributivo– y el derecho que ésta tiene para elegir qué tipo de procedimiento seguir, abrió una queja contra el presunto agresor, quien rindió declaración sin asistencia legal. El director de la facultad le impuso una suspensión provisional de seis meses y remitió el caso al Tribunal Universitario, el cual determinó la responsabilidad del alumno por "violencia de género en la modalidad de acoso y violencia psicológica" y ratificó la sanción. El sancionado recurrió a la Comisión de Honor del Consejo Universitario, la que confirmó la resolución. En amparo indirecto el alumno argumentó la violación a su derecho de defensa por la falta de asistencia legal durante su primera declaración. El Juzgado de Distrito otorgó el amparo para que se repusiera el procedimiento, sin tomar en cuenta los derechos de la víctima. La Universidad interpuso recurso de revisión y alegó que el caso no fue examinado con perspectiva de género.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para resolver conflictos por violencia de género en la Universidad Nacional Autónoma de México, se cuenta con el procedimiento formal, de corte retributivo y el alternativo, de naturaleza restaurativa.


Justificación: El procedimiento formal se sustancia ante el Tribunal Universitario, que tiene competencia para conocer exclusivamente de las faltas a la legislación universitaria presuntamente cometidas por el personal académico y el alumnado. Dictará sus resoluciones oyendo previamente a la persona considerada como presunta infractora, en la forma y términos establecidos en su reglamento y en el de la Comisión de Honor. Dichas resoluciones serán revisadas por la Comisión de Honor, a solicitud de quien resulte parte interesada. De estimar que hay elementos suficientes se impondrá una sanción sin atender propiamente a las víctimas, es decir, el procedimiento tiene una naturaleza retributiva.

En algunos casos de violencia de género, existe la posibilidad de llevar a cabo de manera independiente o paralela, antes de iniciar el procedimiento formal, un procedimiento alternativo, como una opción alterna de resolver la controversia mediante un mecanismo de justicia restaurativa. En el modelo retributivo es común que la víctima sea siempre la que pierde, incluso después de que se dicte una resolución condenatoria o absolutoria para la persona victimaria, toda vez que el estigma como persona transgresora de la ley puede alcanzar a la víctima y acompañarla por mucho tiempo. En cambio, la justicia restaurativa implica, por un lado, que el agresor reconozca la afectación o daño causado a las víctimas y, por otro, reivindica el protagonismo de estas últimas, involucradas en un contexto social y de normas establecidas, al tener una finalidad reparadora, participativa, terapéutica, reconstructiva, restitutiva, victimal y recreadora. Así, la justicia restaurativa se relaciona con programas que buscan responder ante la insatisfacción de las víctimas con el sistema de justicia tradicional.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo en revisión 780/2022. Comisión de Honor del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de México. 29 de junio de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Julia María del Carmen García González. Secretario: Édgar Salgado Peláez.

Esta tesis se publicó el viernes 05 de septiembre de 2025 a las 10:14 horas en el Semanario Judicial de la Federación.