Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 2 de 46
Mostrando solo tesis del 16/11/1937
Tesis
Registro digital: 1773
Clave: I-J-46
Época: Primera Época
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 16/11/1937 00:00
COMPETENCIA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
Existe para todos los juicios en que se discuta la licitud de resoluciones dictadas en materia Fiscal que establezcan una prestación por la aplicación unilateral de la Ley, o por el resultado de un pacto convencional, siempre que en este último caso el sujeto pasivo, deudor del Estado, se haya previamente sometido a la facultad económico-coactiva, en cuya hipótesis el fallo tiene un alcance ilimitado, pudiendo dictarse la nulidad no sólo por la incompetencia de la autoridad de la que emana el acto, sino también por vicios de ilegalidad intrínseca del mismo. El Tribunal es igualmente competente para conocer de los juicios iniciados en todos aquellos casos en que pretenda aplicarse la facultad económico-coactiva sin un previo sometimiento contractual a ella, no obstante que la prestación que se exija resulte de un acto convencional, pero en este caso debe limitarse a declarar la nulidad, aun de oficio, por incompetencia de la autoridad de que emana dicho acto, sin que pueda analizar la legalidad misma del crédito. Expediente Número 10/32/937. Resolución del Pleno de 16 de noviembre de 1937. Contradicciones entre las resoluciones dictadas en los juicios 8710/937 y 8708/937. NOTA: ESTA TESIS SE HA PUBLICADO EN COMPILACIONES ANTERIORES CON LA CLAVE I-J-28
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Noviembre 1937. p. 5084