Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2032015
Época: Duodécima Época
Materia(s): Civil
Tesis: PR.A.C.CN. J/3 C (12a.)
Instancia: Plenos Regionales
Tipo: Tesis Jurisprudenciales
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 10/04/2026 10:14
PRUEBA PERICIAL EN GRAFOQUÍMICA (DATACIÓN DE TINTAS). ES INADMISIBLE LA CONSISTENTE EN LA APLICACIÓN DE ÁCIDO CLORHÍDRICO SOBRE TÍTULOS DE CRÉDITO PARA DETERMINAR SU ANTIGÜEDAD.

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar la admisibilidad de una prueba pericial ofrecida para demostrar la alteración de un pagaré mediante la datación de sus tintas. Mientras que uno consideró que debía admitirse la prueba consistente en la aplicación de ácido clorhídrico sobre el documento, bajo el argumento de que se debía privilegiar el derecho a probar y a la averiguación de la verdad sobre la integridad material del título; el otro sostuvo que dicha prueba era inadmisible, pues además de dañar el documento base de la acción (principio de literalidad), carecía de fiabilidad científica para determinar la época de las tintas.


Criterio jurídico: Es inadmisible la prueba pericial que propone la aplicación de ácido clorhídrico sobre un título de crédito para determinar la antigüedad de la tinta.


Justificación: Conforme a los criterios de fiabilidad de la prueba científica establecidos por la extinta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis aislada 1a. CLXXXVII/2006, a los manuales de prueba pericial y razonamiento probatorio elaborados por el Alto Tribunal, así como a los estándares aceptados por la comunidad científica (criterios Daubert), la persona juzgadora al pronunciarse sobre la admisión de la prueba pericial citada debe verificar que sea relevante y fidedigna, basándose en que: 1) la teoría o técnica haya sido sujeta a pruebas empíricas, 2) cuente con revisión por pares, 3) tenga un margen de error conocido, y 4) posea estándares que controlen su aplicación.

Bajo estas premisas, la técnica de aplicación de ácido clorhídrico directo sobre el documento es inadmisible, pues: 1) no forma parte de los protocolos reconocidos de grafoquímica forense, 2) carece de estudios que validen su correlación con la temporalidad de la tinta, 3) no existe evidencia científica que permita cuantificar su margen de error, y 4) constituye un procedimiento corrosivo y destructivo incompatible con la disciplina. Además de que su admisión pondría en riesgo la integridad del título de crédito, ya que el ácido clorhídrico es un agente altamente corrosivo que si se llegase a aplicar al documento lo alteraría irreversiblemente.


PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Esta tesis se publicó el viernes 10 de abril de 2026 a las 10:14 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 13 de abril de 2026, para los efectos previstos en el punto octavo del Acuerdo General Plenario 7/2025 (12a.).