Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 290316
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/08/1918 00:00
PRUEBAS EN AMPARO.

De los términos del artículo 107, fracción IX de la Constitución, no puede deducirse que está prohibida la preparación, exhibición y recibo de las pruebas, antes de la audiencia, en el lapso que media la presentación de la demanda y la celebración de aquélla.

Queja en amparo administrativo. Vela Ventura. 15 de agosto de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Enrique M. de los Ríos y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.