Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 290319
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/08/1918 00:00
TERCERO PERJUDICADO.

En el juicio de amparo, debe admitirse como tal y oírse, a todo aquel que demuestre tener interés en él.

Queja en amparo penal. Rivera y Corral Agustín. 15 de agosto de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.