Es competente la Suprema Corte de Justicia para dirimir las que se susciten entre los Jueces y tribunales de la Federación y de los Estados.
Competencia negativa en materia penal. Suscitada entre los Jueces Tercero del Ramo Penal de Durango, y de Distrito en el mismo Estado. 15 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno, y Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.