La suspensión que contra ellos se pida, procede sólo mediante el depósito de la cantidad que se cobre, en la oficina exactora.
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Ramos de Espinosa de los Monteros Soledad. 15 de agosto de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.