Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 290327
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/08/1918 00:00
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.

No es procedente cuando no son irreparables los perjuicios que se sigan al quejoso en el acto cuya suspensión pretende.

Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Ramos de Espinosa de los Monteros Soledad. 15 de agosto de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.