El que se decreta sin que previamente se inicie, en contra del poseedor de ellos, el juicio respectivo, es ilegal, y, por ende, violatorio de garantías.
Amparo penal en revisión. Toriz Herrerías Aurelio. 21 de agosto de 1918. Mayoría de ocho votos, en cuanto a la revocación del sobreseimiento. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Enrique Colunga. Disidente: José M. Truchuelo, y mayoría de seis votos, respecto a la concesión del amparo. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.