Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 263981 de 268010
Tesis
Registro digital: 290354
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/08/1918 00:00
JUICIOS DEL ORDEN PENAL.

Es improcedente el amparo que se pida por no haber sido concluidos, si no han expirado, en sus casos, los términos a que se alude en la tesis procedente.

Amparo penal en revisión. Salazar Enrique C. 21 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.