Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 290355
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/08/1918 00:00
JUICIOS DEL ORDEN PENAL.

Deberán terminarse antes de cuatro meses, si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año, si dicha pena excediere de ese tiempo.

Amparo penal en revisión. Salazar Enrique C. 21 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.