Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1824
Clave: I-TS-1757
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Ley del Impuesto sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables de 29 de diciembre de 1932 y su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 08/11/1937 00:00
ALMACENISTA DE ALCOHOL.
La circunstancia de que tenga en su poder menor cantidad de producto del que resulta de acuerdo, con los saldos de sus facturas, no puede servir de base para concluir que se ha omitido el impuesto, y mucho menos para cobrarlo al propio almacenista Expediente Número 21594/937. José María Cuevas contra Oficina Federal de Hacienda en Toluca, Méx. México, D.F., noviembre 8 de 1937. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Noviembre 1937. p. 5213