Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1828
Clave: I-TS-1761
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Arts. 34, frac. II y 35, frac. I de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados de 25 de agosto de 1926.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 09/11/1937 00:00
REMISIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS SOLICITADOS PARA LIQUIDACIÓN DEL
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES. La facultad que las oficinas receptoras del mismo tienen para señalar un plazo razonable para el efecto, es un medio necesario para dictar la resolución correspondiente, ya que si estuviera al arbitrio de las oficinas públicas el remitir o proporcionar tales datos o documentos, la resolución de los asuntos quedaría indefinidamente pendiente, con grave perjuicio de la Federación y de los particulares. Expediente Número 6205/937. Luis G. Ortiz contra Oficina Federal de Hacienda en Texcoco, Méx. México, D.F., noviembre 9 de 1937. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Noviembre 1937. p. 5229