Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1872
Clave: I-TS-1805
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 16/11/1937 00:00
REVISIÓN DE LOS FALLOS DE LAS ADUANAS
La resolución que recaiga a la que se interponga de oficio, no es objetable ante el Tribunal Fiscal, supuesto que dicha resolución se dicta no para tutelar un derecho abandonado por el particular, sino con propósitos interiores de lograr una buena administración, salvo el caso en que se agrave la situación del particular, en cuyo caso sí procede el juicio. Expediente Número 20777/937. Angelina Almada viuda de Almada contra Aduana de Nuevo Laredo, Dirección General de Aduanas y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., noviembre 16 de 1937. Resolución en el recurso de reclamación dictada por la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Noviembre 1937. p. 5348