Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1904
Clave: I-TS-1837
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 340 del Código Federal de Procedimientos Civiles; art. 38, frac. IX del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; arts. 41 de la Ley y 123, frac. II del propio Reglamento; y art. 35 de la Ley mencionada.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 19/11/1937 00:00
La misma debe rendirse para acreditar los puntos que requieren conocimientos técnicos, como la forma en que se consumen ciertos efectos empleados en el funcionamiento de una negociación, y respecto de los cuales pretenda el causante que no constituyan valores amortizables, sino gastos de operación.
Expediente Número 21138/937. Compañía Minera Mexicana de Namiquipa, S.A., contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., noviembre 19 de 1937.
Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Noviembre 1937. p. 5412