Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1959
Clave: I-TS-1892
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 29/11/1937 00:00
ADQUIRENTES DE NEGOCIACIONES
No son responsables solidariamente de las obligaciones derivadas del impuesto del timbre correspondiente al enajenado, ya que la Ley General del Timbre no establece esa situación. Expediente Número 21442/937. Gastón Blasc contra Oficina Federal de Hacienda en Villa Acuña, Coah. México, D.F., noviembre 29 de 1937. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Noviembre 1937. p. 5596