Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2045
Clave: I-TS-1978
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA Art. 3º del Decreto de 23 de marzo de 1936.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 11/12/1937 00:00
La existencia de los mismos en poder de una persona no determinan la causación del impuesto relativo a su producción, ya que el gravamen existe hasta que dicho producto se convierta en alcohol, previa la obtención del permiso correspondiente de elaboración, de acuerdo con la capacidad real productiva.
Expediente Número 23792/937. Barreto y Ochoa, S.C. P., contra Oficina Federal de Hacienda en Zamora, Mich. México, D.F., diciembre 11 de 1937. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año. I. No. s/n. Diciembre 1937. p. 5869