Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2053
Clave: I-TS-1986
Ăpoca: Primera Ăpoca
Materia(s): DISPOSICIĂN CONSIDERADA Art. 20 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre AzĂșcar.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
PublicaciĂłn: 11/12/1937 00:00
Aun cuando no consigna ningĂșn precepto que establezca la norma de que no se computen en los tĂ©rminos establecidos por dicha Ley y su Reglamento los dĂas inhĂĄbiles, es indudable que Ă©stos no deben computarse.
Expediente NĂșmero 5730/937. AzĂșcar, S.A., contra SecretarĂa de Hacienda y CrĂ©dito PĂșblico, Oficina del Impuesto sobre Bebidas AlcohĂłlicas y Oficina Federal de Hacienda NĂșmero 1. MĂ©xico, D.F., diciembre 11 de 1937. ResoluciĂłn definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Ăpoca. Año I. No. s/n. Diciembre 1937. p. 5891