Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2096
Clave: I-TS-2029
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 123, frac. II de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 20/12/1937 00:00
CALIFICACIONES DE OFICIO
Antes de la reforma del artículo 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que se realizó en abril del año de 1937, no era posible calificar de oficio a un causante del Impuesto sobre la Renta con apoyo en la circunstancia de que no se hubieran contabilizado facturas correspondientes a operaciones realizadas por él, siendo sancionada la infracción consiguiente en los términos del artículo 51, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con sujeción a lo preceptuado en la fracción II del artículo 50 del propio ordenamiento. Expediente Número 17916/937. Dieck Hermanos contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., diciembre 20 de 1937. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Diciembre 1937. p. 6016