Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2148
Clave: I-TS-2080
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA :Decreto de 31 de diciembre de 1924.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 06/01/1938 00:00
DECRETO DE 31 DE DICIEMBRE DE 1924.
Para que con apoyo en el mismo proceda un cobro por derechos de ocupación o explotación, es preciso que el explotador reciba el derecho de ocupar o explotar el número de hectáreas, que computadas de acuerdo con la tarifa respectiva arrojen la cantidad que se exige; pero cuando ni esa ocupación se haya concedido ni realizado, no puede cobrarse ese derecho, independientemente de las sanciones que puedan proceder por no sujetarse el explotador a los limites que las disposiciones aplicables establezcan en cuanto al chicle que pueda extraerse de cada hectárea. Expediente Número 21992/937. Onésimo Castro contra Departamento Autónomo Forestal y de Caza y Pesca, su Delegación en Ciudad Chetumal, Q.R., y Jefatura Federal de Hacienda en Mérida, Yuc. México, D.F., enero 6 de 1938. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Enero 1938. p. 69