Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2155
Clave: I-TS-2087
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 06/01/1938 00:00
INCONFORMIDAD CON LA CUOTA SEÑALADA PARA LA PRODUCCIÓN
ALCOHÓLICA. Para su procedencia es necesario que el causante ofrezca y presente prueba pericial a efecto de demostrar que la capacidad de producción de su fábrica no corresponde a la señalada por la Junta Técnica Calificadora de Alcoholes. Expediente Número 22985/937. Alfredo Lozano Quezada contra Junta Técnica Calificadora de Alcoholes. México, D.F., enero 6 de 1938. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Enero 1938. p. 96