Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2161
Clave: I-TS-2093
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Arts. 170 de la Ley General del Timbre y 179 de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1938 00:00
VISITAS DE INSPECCIÓN.
Para que se estime infringido el artículo 170 de la Ley General del Timbre, en relación con el 179 de su Reglamento, es menester que se acredite que el funcionario que la practicó dejó citatorio para reanudarla dentro de las veinticuatro horas siguientes, y que no se presentó a continuarla dentro de dicho plazo. Expediente Número 3375/937. Sucesión de Leonor Cervera de Avila contra Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Oficina Federal de Hacienda en Mérida, Yuc. México, D.F., enero 7 de 1938. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Enero 1938. p. 123