Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2201
Clave: I-TS-2133
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 38 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; arts. 1,288 y 1,289 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 19/01/1938 00:00
HEREDEROS EN UNA SUCESIÓN.
Los sueldos, salarios, emolumentos y honorarios que perciban de la misma, son deducibles para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, dado que no puede legalmente considerárseles incluidos en el caso de excepción relativa a los socios de una sociedad en nombre colectivo. Expediente Número 21406/937. Sucesión de Juan Irigoyen contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D F., enero 19 de 1938. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Enero 1938. p. 240