Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2203
Clave: I-TS-2135
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 19/01/1938 00:00
No es admisible jurídicamente que hechos acontecidos con anterioridad a su vigencia, puedan ser tomados en cuenta como generadores de una obligación impuesta por el mismo Reglamento.
Expediente Número 24302/937. Ramón C. Armedáriz contra Oficina del Impuesto sobre la Renta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Oficina Federal de Hacienda en Agua Prieta, Son. México, D F., enero 19 de 1938. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Enero 1938. p. 244