Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2224
Clave: I-TS-2156
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Circular número 21-6-87 de 6 de marzo de 1929; y art. 1ø, fracs. I y III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 22/01/1938 00:00
El valor de las mismas no es deducible si se realizan por persona diversa de los copropietarios y éstos no se benefician con su ejecución, en virtud de tener propalado sobre dichos fundos un contrato de enajenación, cuyo precio no se afecta en relación con las obras aludidas.
Expediente Número 20901/937. Audley Barbee, N.U. Max Higgins y Ethel Z. Higgins contra Oficina del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., enero 22 de 1938. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Enero 1938. p. 299