Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2320
Clave: I-TS-2247
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 04/02/1938 00:00
No debe estimarse que se aplica retroactivamente con respecto a depósitos hechos en el extranjero de cantidades que corresponden a ingresos obtenidos dentro de la República Mexicana, si dicha circunstancia se realiza durante su vigencia.
Expediente Número 2285/37. Compañía Internacional Difusora de Reynosa, S.A., contra Oficina del impuesto sobre la Renta, Sección de Exportación de Capitales Y Oficina Subalterna en Reynosa, Tamps. México, D.F., febrero 4 de 1938. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Febrero 1938. p. 563