Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2332
Clave: I-TS-2259
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA :Art. 21 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el año de 1934.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 08/02/1938 00:00
La obligación que sobre el particular estableció el artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para el año de 1934, era independiente de la que tiene el deudor de un crédito para retener el impuesto o para exigir la comprobación de que se pagó y, en consecuencia, el causante es responsable de no haber hecho el anticipo al percibir los ingresos.
Expediente Número 23084/37. Columbia Pictures, S.A., contra Secretaría de Hacienda y Oficina Federal de Hacienda Número 4. México, D.F., febrero 8 de 1938. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Febrero 1938. p. 611