Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2484
Clave: I-TS-2409
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 59 del Reglamento de la Ley del impuesto sobre la Renta de 22 de abril de 1925; Circular número 21-11-125 de 1° de abril de 1929; art. 26, frac. I de la Ley del Impuesto sobre la Renta y art. 58 del propio Reglamento invocado.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 16/03/1938 00:00
CONCESIONES OTORGADAS POR EL GOBIERNO FEDERAL, LOS ESTADOS O LOS MUNICIPIOS.
Para el efecto de interpretar debidamente el artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en su párrafo último, no pueden estimarse como participaciones en las utilidades las cantidades que convengan en entregar el explotador directo al titular de la concesión, con independencia de los ingresos obtenidos, refiriéndolos a los gastos realmente efectuados.
Expediente Número 1736/37. Compañía de Real del Monte y Pachuca, contra Oficina Federal de Hacienda en Pachuca, Hgo. México, D.F., marzo 16 de 1938. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Marzo 1938. p. 1163