Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2495
Clave: I-TS-2420
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA :Art. 83, frac. II del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 16/03/1938 00:00
La obligación del causante para hacer sus declaraciones de acuerdo con los que dicte la Secretaría de Hacienda presupone la correlatividad, es decir, que las oficinas fiscales respectivamente deben proporcionar con oportunidad dichos esqueletos, y, en consecuencia, si no lo hacen, la omisión les es imputable exclusivamente, y el causante, por carecer de los mismos no tiene más deber legal que el de cumplir con todos y cada uno de los requisitos que previenen la Ley del impuesto y su Reglamento.
Expediente Número 24072/37. Compañía Petrolera Minerva, S.A., contra Oficina del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., 16 de Marzo de 1938. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Marzo 1938. p. 1193