Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2538
Clave: I-TS-2463
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 26 frac. II de la Ley del Impuesto sobre la Renta; art. 1939 del Código Civil; y art. 2° del Ordenamiento citado en primer término.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 31/03/1938 00:00
O LOS MUNICIPIOS, O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL FISCO.
Si la misma se condiciona a la realización de determinada circunstancia al tener lugar el acontecimiento de que se hace depender, se convierte el contrato concertado en puro y simple, y trae aparejado consigo la obligación de pagar el Impuesto sobre la Renta correspondiente a la misma.
Expediente Número 24267/37. Compañía Petrolera Tantuán, S.A., contra Oficina Federal de Hacienda en Tampico, Tamps., Oficina del Impuesto sobre la Renta y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., marzo 31 de 1938. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Marzo 1938. p. 1345