Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2542
Clave: I-TS-2467
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 159 frac. V y art. 174 frac. I de la Ley General del Timbre.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1938 00:00
CONSULTA.
El hecho de que un causante la formule ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, respecto de las dudas que pueda tener en relación con la aplicación de determinada ley, no puede estimarse por sí misma como bastante para impedir la aplicación de las sanciones que puedan corresponderle por no haber cumplido con las disposiciones de dicho Ordenamiento, ya que las disposiciones de la Ley en cuanto a sus efectos fiscales, no pueden subordinarse a la resolución que la Secretaría de Hacienda pudiera dar a las consultas que se le formulen, puesto que siendo la recaudación de los impuestos la fuente primordial para cubrir los servicios públicos, deben cumplirse exactamente las normas relativas. Expediente Número 7718/37. Ferrocarril Sud-Pacífico de México contra Oficina del Impuesto sobre la Renta y Oficina Federal de Hacienda en Guadalajara, Jal. México, D.F., marzo 31 de 1938. Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Marzo 1938. p. 1363