Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2737
Clave: I-TS-2655
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados de 5 de marzo de 1924 y también de 5 de agosto de 1926; Circular 22-5-207 de 18 de noviembre de 1935, girada por la H. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 03/06/1938 00:00
Para hacer efectivo el derecho del Fisco en el caso de que exista una afectación real que garantice su pago, es menester que la autoridad administrativa dé cumplimiento a lo dispuesto en la circular 22-5-207 de 18 de noviembre de 1935 que fundamentalmente prescribe la necesidad de que dé oportunidad a las personas que aparezcan como propietarios y no fueren los causantes, para que se les oiga y formulen las defensas que estimen pertinentes.
Expediente Número 595/38. Luis Hernández Toranzo contra Oficina Federal de Hacienda en San Luis Potosí, S.L.P. México, D.F., junio 3 de 1938. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Junio 1938. p. 2206