Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2786
Clave: I-TS-2704
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Arts. 143 y 395 de la Ley Aduanal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 17/06/1938 00:00
DICTÁMENES DE LA JUNTA PERICIAL CALIFICADORA
Tienen el carácter de definitivos, ya que no son reclamables ante la Dirección General de Aduanas, y deben reclamarse ante el Tribunal Fiscal de la Federación si se estiman ilegales. EXPEDIENTE NÚMERO 860/38.- Manuel F. Mora contra Aduana de Ciudad Juárez, Chih., Dirección General de Aduanas y Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- México, D.F., junio 17 de 1938.- RESOLUCIÓN de sobreseimiento dictada por la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Junio 1938. p. 2388