Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2795
Clave: I-TS-2713
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1938 00:00
En relación con los mismos, la interpretación de la ley debe ser estricta, y hay que aplicarla en sus términos, sin dar a éstos más alcance que el que naturalmente tienen, y para que el cobro del impuesto sea fundado, se requiere que haya una ley que lo establezca y que la autoridad fiscal al fijarlo, se ajuste a todos los preceptos de esa ley.
EXPEDIENTE NÚMERO 1302/38.- Carlos V. Lagaspy contra Dirección General de Aduanas, Contaduría de la Federación y Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- México, D.F., junio 22 de 1938.- RESOLUCIÓN definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Junio 1938. p. 2422