Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 2798
Clave: I-TS-2716
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 22/06/1938 00:00
HENEQUÉN.- Por referirse a exportación, tiene carácter federal y es obligatorio en toda la República, además de que fue expedido y publicado con sujeción a las leyes vigentes, sin que la circunstancia de que en el mismo, el Gobierno Federal distribuya el impuesto que se establece, por virtud de un compromiso contractual con el Gobierno de Yucatán, pueda determinar la anticonstitucionalidad de dicho Decreto, puesto que esa distribución en nada afecta a los intereses del particular, quien está obligado a satisfacer el impuesto que el mismo fija.
EXPEDIENTE NÚMERO 1758/38.- Manuel de Arrigunaga Peón contra Tesorería de la Federación, Aduana Marítima de Campeche y Oficina Federal de Hacienda en Mérida, Yuc.- México, D.F., junio 22 de 1938.- RESOLUCIÓN definitiva de la Tercera Sala
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Junio 1938. p. 2435