Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2804
Clave: I-TS-2722
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 12 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; art. 55, frac. IV de la Ley de Justicia Fiscal y art. 20, frac. I del Reglamento invocado.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 23/06/1938 00:00
ASIENTOS EN LOS LIBROS
Para el cumplimiento de lo que dispone sobre el particular el artículo 12 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pueden distinguirse las ventas realizadas por el causante en razón de su cuantía, siendo inconducente al efecto la disposición que en esta materia consigna la Ley General del Timbre acerca de la obligación de extender facturas cuando el monto de las operaciones es superior a la cantidad de veinte pesos, y en consecuencia, cabe sancionar la falta de anotación de las operaciones de menor cuantía realizadas por el causante. EXPEDIENTE NÚMERO 1514/38.- Eligio Castillo contra Oficina Federal de Hacienda en Mérida, Yuc.- México, D.F., junio 23 de 1938.- RESOLUCIÓN definitiva de la Cuarta Sala
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Junio 1938. p. 2456