Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 19/07/1938
Tesis
Registro digital: 2868
Clave: I-TS-2784
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 51, frac. III de la Ley del Impuesto sobre la Renta; Circular 86 de 2 de junio de 1927 publicada en el Diario Oficial de fecha 15 del mismo mes, y arts. 93 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta ya derogado, y su correspondiente del Reglamento vigente marcado con número 132.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 19/07/1938 00:00
RECARGOS
De conformidad con lo dispuesto en la fracción IV de la Circular 86 de fecha 2 de junio de 1927, publicada en el Diario Oficial de fecha 15 del mismo mes que tiene el carácter de disposición reglamentaria, porque fue expedida con fundamento en el artículo 93 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta derogado, que corresponde al 132 del vigente, deben computarse recargos sobre la cantidad determinada por concepto de calificación por la Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta, vencidos diez días de la fecha en que se pronuncie resolución, no obstante la interposición del recurso de revisión ante la Junta Revisora, si ésta confirma la determinación de aquélla, con motivo de que no se rindieran pruebas por el inconforme, lo cual equivale a promover un recurso sin fundamento legal. Expediente Número 1910/38. Carlos S. Frohmader como socio superviviente de la Compañía Marcos Dreyfus, S. en N.C., contra Oficina del Impuesto sobre la Renta, oficina Federal de Hacienda número Uno y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., julio 19 de 1938. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Julio 1938. p. 2759