Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2875
Clave: I-TS-2791
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Fracción 48 de la Tarifa de la Ley de la Renta Federal del Timbre de 1º de junio de 1906, en relación con los arts. 158 al 164 de la misma ley; art. 284 de la misma ley; arts. 60 y párrafo final del 163 de la Ley General del Timbre en vigor; arts. 2º y 1º transitorios de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados de 5 de marzo de 1924 y Decreto de 3 de abril del propio año que adicionó y reformó los transitorios de la Ley citada en último término; art. 2º transitorio de la Ley de 25 de agosto de 1926.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 22/07/1938 00:00
SUCESIONES ANTERIORES A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE HERENCIAS Y LEGADOS DE 5 DE MARZO DE 1924
LEGADOS DE 5 DE MARZO DE 1924.- Si los interesados en las mismas dejaron transcurrir los términos a que aluden los artículos 1º transitorio de la Ley de Impuestos Sobre Herencias y Legados mencionada y 5º del Decreto de 3 de abril de 1924 que adicionó y reformó los transitorios de dicha ley, y no formularon ante la Secretaría de Hacienda solicitud por escrito para que se les aplicara, de acuerdo con el artículo 2º transitorio, la Ley de 25 de agosto de 1926, debe concluirse que dichas sucesiones están sujetas a normas prescritas por la Ley de Herencias y Legados que se considera en el título de esta tesis. Expediente Número 1985/38. Elena Ruiz contra Oficina Federal de Hacienda en Oaxaca, Oax. México, D.F., julio 22 de 1938. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Julio 1938. p. 2789